El nuevo RD 487/2022, de 21 de junio y su posterior modificación con el RD 614/2024, de 2 de julio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis son de obligado cumplimiento YA. Cuando se habla o escuchamos Legionella siempre se piensa en que esa enfermedad esta o puede aparecer en las torres de aire acondicionado, gran error pues el inicio de la Legionella puede ocurrir en cualquier circuito de agua o en cualquier entorno donde circule agua. Así este RD 487/2022 cita todos los posibles focos donde se puede producir un brote la Legionella:
- Circuito de Agua Caliente y Fría Sanitaria
- Circuito de Agua Contra Incendios
- Enfriamientos Evaporativos
- Fuentes Ornamentales
- Humectadores
- Lavado de Coches
- Spas
- Riegos Urbanos
- Torres
- Humidificadores
Todos estos focos deben tener un mantenimiento por parte del dueño de los establecimientos (Hoteles, Residencias, Hospitales, Empresas) o contratar una empresa que este acreditada para poder llevar ese mantenimiento.
La Legionella es adquirida en los ámbitos comunitarios, siempre debe existir un dispositivo que utilicen agua a distintas temperaturas y que se produzcan aerosoles que transportan las bacterias. Para evitar la proliferación de Legionella debemos tener las temperaturas de agua fuera del rango 20 ºC y 50 ºC , su temperatura óptima de crecimiento se da entre los 35 ºC y 37 ºC, además de circular el agua continuamente y evitar biofilms o biocapa en los circuitos o balsas de por donde circula el agua.
Por todo ello se aconseja acudir a las empresas acreditas para la limpieza y mantenimiento de las instalaciones que figuran en el RD 487/22.
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